domingo, 11 de mayo de 2014

CONTRATO INTERNACIONAL
Es la manifestación de voluntades de  quienes lo suscriben con consecuencias jurídicas, constituye una base legal que obliga  a las partes que intervienen a cumplir con lo que se determine. 
Se considera contrato internacional cuando está relacionado con mas de un ordenamiento jurídico estatal y por lo general ocurre cuando los bienes o servicios se trasladan de un estado a otro. 
Clasificación de los contratos internacionales 
Según su objeto

  • Contratos de cambio: comercialización de bienes y servicios
  • Contratos de producción: crear una empresa dedicada a la producción de bienes y servicios en otro país.
  • Contratos bancarios: involucra entidades financieras leasing, fiducia etc
  • Contratos de intermediación: se basa en el concepto de mandato. 
Tipo o Standard: ratifican costumbres y prácticas  existentes
Complejos o grupo de contratos: referidos a  aspectos de una misma negociación.


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